Participe de forma gratuita y consiga un análisis de la situación actual de su empresa en materia de Ciberseguridad.
Conocerá su nivel de seguridad actual y conseguirá un Plan de Ciberseguridad específico.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Fundación EOI, pone en marcha de nuevo el Programa Activa Ciberseguridad, programa que se enmarca en la Estrategia Nacional de Industria Conectada 4.0
El objetivo de este programa es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad actual y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma, con un diseño personalizado de acciones en materia de ciberseguridad, para ser desarrollado e implantado por la empresa beneficiaria.
Participar en este programa y recibir el servicio no supone coste alguno para la empresa beneficiaria gracias a que está financiado por la Unión Europea Next Generation EU – en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas en la sede de las mismas. Se realizará una auditoría técnica y trabajo remoto de la entidad especializada, así como la realización de talleres temáticos de sensibilización a las entidades beneficiarias, con el objetivo de reforzar la importancia de integrar la Ciberseguridad en su estrategia empresarial.
- Diagnóstico y auditoría de ciberseguridad de la empresa.
- Elaboración de un Plan de Ciberseguridad.
- Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.
¿Cómo solicitar la ayuda?
Las empresas interesadas deben solicitar la ayuda en la página web www.eoi.es a través de la SEDE ELECTRÓNICA.
Para acceder a la tramitación e inicio de solicitud es indispensable contar con un certificado digital. Si se realiza con certificado digital de persona física y no con certificado digital de la entidad (persona jurídica), será necesario que se aporten los documentos que acrediten la representación.
Las ayudas en especie se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, se atenderá en orden de registro de las solicitudes, siempre y cuando se cumplan los requisitos y condiciones exigidas en la convocatoria. La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de concesión.
- Cumplir con la condición de PYME. La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones EUR.”
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Hallarse inscrito en el Censo de empresarios
- Disponer un domicilio fiscal y su principal centro operativo en España.
Además, las empresas solicitantes deben cumplir los requisitos legales que se indican en la convocatoria.
- Acreditación del código CNAE. (Vida laboral de empresa en la que se indique CNAE, escrituras de constitución o cualquier otro documento válido en derecho que lo acredite)
- Acreditación de la condición de PYME (SEGÚN GUÍA PARA EMPRESAS).
- Acreditación de su inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. (Certificado que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda).
- Acreditación del domicilio fiscal del solicitante en España. (Certificado del domicilio fiscal de hacienda, certificado censal de hacienda, o comunicación del NIF de hacienda).
- Acreditación de disponer de su principal centro operativo en España. En el caso que el domicilio fiscal difiera del centro operativo (Censo, Modelo 036, Contratos de Alquiler o recibos de suministros (luz, agua, gas, internet) u otro documento que acredite el domicilio de dicho centro operativo).
Los documentos requeridos deberán ser emitidos por el organismo oficial competente o, en su caso, firmados mediante certificado digital válido, según se especifique en la sede electrónica de la Fundación EOI.
Puede consultar el listado completo y la descripción de cada una de las entidades seleccionadas, a través de la página web EOI: https://www.eoi.es/es/empresas/programas-activa/activa-ciberseguridad.
En caso de ser necesario y por causas justificadas, EOI podrá reasignar a la pyme beneficiaria otra entidad colaboradora diferente a la seleccionada por ella.
La pyme beneficiaria recibirá informes correspondientes a cada una de las fases del asesoramiento: Informe de Diagnóstico, Plan de Ciberseguridad e Informe de Cierre. Para llevar a cabo todas las fases de asesoramiento citadas anteriormente, la entidad colaboradora realizará un mínimo de 1 visita presencial a las instalaciones de la pyme beneficiaria completando el resto del asesoramiento con trabajo remoto y reuniones virtuales hasta alcanzar un mínimo de 20 horas de asesoramiento individualizado y podrá asistir al taller grupal.
No, la implantación no está incluida.
El asesoramiento comienza tras la resolución de concesión de las PYMES beneficiarias y la duración del programa es de cuatro meses para cada empresa beneficiaria, con un mínimo de 20 horas de asesoramiento.
La modalidad de las ayudas que se concedan tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento personalizado que permita fomentar las auditorías de ciberseguridad. Por tanto, no se trata de ayudas monetarias, si bien la cuantía equivalente de la ayuda en especie está valorada en 2.140€ euros. Dicho importe será reflejado por la Fundación EOI en la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones) como ayuda de minimis recibida por la PYME beneficiaria.
El régimen de concesión de dichas ayudas es de concurrencia no competitiva.