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Proconsi: empresa colaboradora del Programa Activa Ciberseguridad

Participe de forma gratuita y consiga un análisis de la situación actual de su empresa en materia de Ciberseguridad.

Conocerá su nivel de seguridad actual y conseguirá un Plan de Ciberseguridad específico.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Fundación EOI, pone en marcha de nuevo el Programa Activa Ciberseguridad, programa que se enmarca en la Estrategia Nacional de Industria Conectada 4.0

El objetivo de este programa es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad actual y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma, con un diseño personalizado de acciones en materia de ciberseguridad, para ser desarrollado e implantado por la empresa beneficiaria.

Participar en este programa y recibir el servicio no supone coste alguno para la empresa beneficiaria gracias a que está financiado por la Unión Europea Next Generation EU – en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.

¿En qué consiste el programa de asesoramiento?
 

El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas en la sede de las mismas. Se realizará una auditoría técnica y trabajo remoto de la entidad especializada, así como la realización de talleres temáticos de sensibilización a las entidades beneficiarias, con el objetivo de reforzar la importancia de integrar la Ciberseguridad en su estrategia empresarial.

  1. Diagnóstico y auditoría de ciberseguridad de la empresa.
  2. Elaboración de un Plan de Ciberseguridad.
  3. Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.

¿Cómo solicitar la ayuda?

Las empresas interesadas deben solicitar la ayuda en la página web www.eoi.es a través de la SEDE ELECTRÓNICA.

Para acceder a la tramitación e inicio de solicitud es indispensable contar con un certificado digital. Si se realiza con certificado digital de persona física y no con certificado digital de la entidad (persona jurídica), será necesario que se aporten los documentos que acrediten la representación.

El formulario de solicitud deberá cumplimentarse con todos los datos solicitados y acompañados de los documentos requeridos que se indicarán en la propia convocatoria.
 
¿Cómo se realiza el procedimiento de concesión?

Las ayudas en especie se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, se atenderá en orden de registro de las solicitudes, siempre y cuando se cumplan los requisitos y condiciones exigidas en la convocatoria. La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de concesión.

¿Qué requisitos necesita cumplir una Empresa para optar a la ayuda?
Pueden solicitar las ayudas aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:
  • Cumplir con la condición de PYME. La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones EUR.”
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Hallarse inscrito en el Censo de empresarios
  • Disponer un domicilio fiscal y su principal centro operativo en España.

Además, las empresas solicitantes deben cumplir los requisitos legales que se indican en la convocatoria.

¿Qué documentación se debe aportar en la solicitud?
Documentación adjunta:
  1. Acreditación del código CNAE. (Vida laboral de empresa en la que se indique CNAE, escrituras de constitución o cualquier otro documento válido en derecho que lo acredite)
  2. Acreditación de la condición de PYME (SEGÚN GUÍA PARA EMPRESAS).
  3. Acreditación de su inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. (Certificado que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda).
  4. Acreditación del domicilio fiscal del solicitante en España. (Certificado del domicilio fiscal de hacienda, certificado censal de hacienda, o comunicación del NIF de hacienda).
  5. Acreditación de disponer de su principal centro operativo en España. En el caso que el domicilio fiscal difiera del centro operativo (Censo, Modelo 036, Contratos de Alquiler o recibos de suministros (luz, agua, gas, internet) u otro documento que acredite el domicilio de dicho centro operativo).

Los documentos requeridos deberán ser emitidos por el organismo oficial competente o, en su caso, firmados mediante certificado digital válido, según se especifique en la sede electrónica de la Fundación EOI.

¿Qué entidades colaboradoras prestan el servicio de asesoramiento?
El asesoramiento a las empresas que resulten beneficiarias será realizado por las entidades colaboradoras que han sido seleccionadas mediante un proceso de licitación pública. Proconsi es entidad colaboradora, bajo la denominación UTE PROCONSI-PCP, con lo que podrá seleccionarnos como empresa para la prestación del servicio.

Puede consultar el listado completo y la descripción de cada una de las entidades seleccionadas, a través de la página web EOI: https://www.eoi.es/es/empresas/programas-activa/activa-ciberseguridad.

¿Cómo seleccionar la preferencia de la entidad colaboradora?
Dentro del propio formulario de la SEDE ELECTRÓNICA en el Paso 4, la empresa solicitante deberá seleccionar la entidad colaboradora que desee que le preste el servicio de asesoramiento, en nuestro caso UTE PROCONSI-PCP. En el listado del formulario, se destacan con asterisco (*) las entidades colaboradoras acreditadas que han especificado su preferencia por atender pymes en su Comunidad Autónoma, si bien todas las consultoras prestan sus servicios a nivel nacional.

En caso de ser necesario y por causas justificadas, EOI podrá reasignar a la pyme beneficiaria otra entidad colaboradora diferente a la seleccionada por ella.

¿Qué servicios recibe la PYME beneficiaria?

La pyme beneficiaria recibirá informes correspondientes a cada una de las fases del asesoramiento: Informe de Diagnóstico, Plan de Ciberseguridad e Informe de Cierre. Para llevar a cabo todas las fases de asesoramiento citadas anteriormente, la entidad colaboradora realizará un mínimo de 1 visita presencial a las instalaciones de la pyme beneficiaria completando el resto del asesoramiento con trabajo remoto y reuniones virtuales hasta alcanzar un mínimo de 20 horas de asesoramiento individualizado y podrá asistir al taller grupal.

¿El servicio incluye la implantación del Plan de Ciberseguridad?

No, la implantación no está incluida.

¿Cuándo comienza y cuánto dura el asesoramiento?

El asesoramiento comienza tras la resolución de concesión de las PYMES beneficiarias y la duración del programa es de cuatro meses para cada empresa beneficiaria, con un mínimo de 20 horas de asesoramiento.

¿Cuál es la modalidad de esta ayuda?

La modalidad de las ayudas que se concedan tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento personalizado que permita fomentar las auditorías de ciberseguridad. Por tanto, no se trata de ayudas monetarias, si bien la cuantía equivalente de la ayuda en especie está valorada en 2.140€ euros. Dicho importe será reflejado por la Fundación EOI en la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones) como ayuda de minimis recibida por la PYME beneficiaria.

El régimen de concesión de dichas ayudas es de concurrencia no competitiva. 

Si necesita más información, por favor, póngase en contacto con nosotros en el 902 214 010 o a través del correo electrónico info@proconsi.com

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