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¿Qué es el DNSH y por qué es indispensable para acceder a las ayudas vinculadas al programa Next Generation EU?

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Equipo de Marketing

El 27 de mayo de 2020, la Unión Europea aprobó el Plan Europeo de Recuperación “Next Generation EU”, un instrumento desarrollado dotado con más de 750.000 millones de euros, que pretende impulsar la transición ecológica y digital, para poder afrontar los retos actuales y futuros derivados de la pandemia.

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Para acceder a los fondos “Next Generation EU”, cada Estado miembro tuvo que trazar un Plan de Recuperación y Resiliencia, dentro de los cuales están contempladas numerosas ayudas económicas, que destinadas a proyectos de inversión o de reforma. Para poder acceder a dichas ayudas el cumplimiento medioambiental del principio de “no causar un perjuicio significativo” (“do no significant harm” o DNSH, según sus siglas en inglés) resulta indispensable.

¿Qué es el Principio DNSH?

En el artículo 19 del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia se establece una serie de criterios a los que se deberán atener los Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia de los estados miembro. Dentro de estos criterios está contemplado el DNSH.

Mediante este criterio, la Comisión Europea ha querido garantizar que ningún proyecto que opte a obtener a la financiación de los fondos europeos afecté negativamente a uno o varios de los siguientes 6 objetivos medioambientales:

  1. Mitigación del Cambio Climático
  2.  Adaptación al Cambio Climático 
  3. Uso sostenible y protección de los recursos hídirocos y marinos
  4. Economía Circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos
  5. Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo
  6. Protección y restauración de la biodiversidad y los escosistemas 

 

Debido a la relevancia de este criterio, la Comisión Europea vio necesario publicar una Guía Técnica para ofrecer orientación adicional a los estados miembros.

¿Cómo puedo saber si mi proyecto cumple con el Principio DNSH?

Aquellos proyectos que aspiren a obtener ayuda de los fondos europeos, deberán disponer de una evaluación del proyecto frente a cada uno de los 6 objetivos medioambientales.

Para facilitar la evaluación y presentación de los resultados se podrá utilizar el cuestionario de autoevaluación que figura en el Anexo II de la Guía Técnica de la Comisión Europea. Este cuestionario se incluirá como parte de las memorias de análisis del impacto normativo de las bases reguladoras.

Por otra parte, la autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH realizada por la organización para cada proyecto puede requerir de un Informe de Validación de la misma, realizado por una tercera parte, que soporte las conclusiones de la autoevaluación y garantice que estas disponen de una base técnica y son razonables.

Recientemente, la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) concedió las primeras acreditaciones a dos organismos, la European Quality Assurance Spain (EQA) y a la Agencia de Certificación Española (ACIE), para poder realizar este Informe de Validación.

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